lunes, 7 de julio de 2014

LA LOPCYMAT COMO NORMA QUE PROMUEVE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS VENEZOLANOS

La LOPCYMAT o Ley Orgánica de Prevención y Medio Ambiente de Trabajo, se promueve en el año 2005, en Gaceta Oficial Nº 38.236, como una victoria emprendida a lo largo de una lucha histórica llevada por los trabajadores y trabajadoras en función al mejoramiento de las condiciones de salud que son referidas a sus labores en sus entidades de trabajo. Es así pues que el Estado venezolano se hace garante de la batalla librada por los obreros, legalizando las demandas humanas hechas por el pueblo trabajador y promoviendo así, un régimen de seguridad social en aras de la transformación del trabajo como hecho social, que ayudara a trascender los viejos modelos de utilización de los trabajadores y trabajadoras como simples recursos u objetos de explotación capitalista.

Así, esta ley abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establecer las prestaciones pecuniarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.


Constituyéndose como un componente progresista de la legislación laboral a nivel mundial, apoyada a su vez por la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y Trabajadoras, previendo y vigilando con carácter de obligatoriedad el cumplimiento de las normativas encaminadas a propiciar un medio ambiente de trabajo optimo para el pleno desarrollo de las facultades mentales, físicas y profesionales de los trabajadores y trabajadoras a través del trabajo seguro y la prevención de enfermedades ocupacionales y accidentes laborales. Regulando, los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, y de los empleadores y empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente de trabajo; así como lo relativo a la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, como lo plante la mencionada Ley.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario